Paraná, 3 de junio de 2009
HCD
Facultad de Ciencias de la Educación
Por la presente, Claudia N. Laudano, DNI. 16.434.652, con domicilio real en 39 nª 1036, “2”-La Plata, Pcia. de Buenos Aires, vengo en legal tiempo y forma, conforme el Reglamento de Concurso vigente en esta casa de estudios, en su art. 15 (Impugnación de aspirantes) a expresar lo siguiente a efectos de deslindar responsabilidades sobre cualquier ilícito que se estuviese cometiendo a través de la situación que paso a detallar.
I
En el cargo en concurso como Jefe de Trabajos Prácticos (semidedicación), cátedra Teoría Sociológica, el Sr. Marcelo A. Bechara, DNI 21.789.218 cita en sus antecedentes como postulante al mismo, a fojas 5, punto “3)Jefe de Trabajos Prácticos interino”, que ha sido designado en “Teoría Sociológica, UNER. Res. CD. nª 042/05 desde 1/4/05 hasta 31/3/06 (continúa como ordinario, a partir de la regularización del claustro de Auxiliares, por Ordenanza 342 UNER Y 252/05 FCE)”. Es textual de su presentación.
Quien, firma su presentación con la consigna expresa: “Declaro que todos los datos y antecedentes consignados los formulo con carácter de declaración jurada”.
Quien, firma su presentación con la consigna expresa: “Declaro que todos los datos y antecedentes consignados los formulo con carácter de declaración jurada”.
II
Que, en mi calidad de Profesora Asociada Regular, a cargo de la Titularidad de la cátedra, habiendo tomado conocimiento de dicho expediente de concurso en el día de la fecha, manifiesto: 1) Que el Sr. Marcelo Bechara no forma parte del actual equipo de cátedra; 2) Que dejó de contestarme correos electrónicos donde le solicitaba tareas como JTP en diciembre de 2007; 3) Que desde la misma fecha no se hace presente a las mesas de exámenes de Teoría Sociológica; 4) Que en febrero de 2008 figura como Ausente en el registro de firmas de la mesa de examen correspondiente; 5) que el Sr. Bechara no forma parte del equipo de cátedra que figura en el Programa de Teoría Sociológica 2008, aprobado por el HCD, y del que hay copia en la institución; 6) que, tampoco tuvo comisiones a cargo durante el dictado de la asignatura en el segundo cuatrimestre 2008; 7)que, por considerar que el cargo se encontraba vacante, solicité con fecha 13 de agosto de 2008 el “pronto llamado a concurso del cargo de JTP para garantizar el normal funcionamiento de la cátedra, en cuanto a organización y coordinación de trabajos prácticos, además de la asistencia a las mesas de exámenes; 8) que no está cumpliendo ninguna de las funciones como JTP asignadas y delimitadas por el actual Reglamento adjudicadas por mi persona, como titular a cargo de Teoría Sociológica.
Por lo antes expuesto, solicito se impugne dicho antecedente por carecer de valor, en tanto no se condice con las funciones que debiera cumplir un J.T.P., conforme Reglamento.
Asimismo, se aplique el art. 37 del Anexo 1, de la Resolución CD Nª 158/06 en su parte pertinente, donde especifica que si el JTP no se hiciera cargo de sus funciones, el Decano
deberá poner el hecho en conocimiento del Consejo Directivo para que éste deje sin efecto su designación”.
Solicito entonces, si es que hasta el momento la autoridad competente no lo ha hecho, el inmediato cese en el cargo de JTP semidedicación en la cátedra de Teoría Sociológica por los motivos antes expuestos, y deslindo cualquier responsabilidad sobre las investigaciones y actuaciones, con las consecuentes sanciones que pudieran caber ante los hechos mencionados.
Sin otro particular, y a la espera de una rápida intervención del cuerpo, ante la emergencia económica que está afectando a la facultad, los/as saludo muy atentamente.
Por lo antes expuesto, solicito se impugne dicho antecedente por carecer de valor, en tanto no se condice con las funciones que debiera cumplir un J.T.P., conforme Reglamento.
Asimismo, se aplique el art. 37 del Anexo 1, de la Resolución CD Nª 158/06 en su parte pertinente, donde especifica que si el JTP no se hiciera cargo de sus funciones, el Decano
deberá poner el hecho en conocimiento del Consejo Directivo para que éste deje sin efecto su designación”.
Solicito entonces, si es que hasta el momento la autoridad competente no lo ha hecho, el inmediato cese en el cargo de JTP semidedicación en la cátedra de Teoría Sociológica por los motivos antes expuestos, y deslindo cualquier responsabilidad sobre las investigaciones y actuaciones, con las consecuentes sanciones que pudieran caber ante los hechos mencionados.
Sin otro particular, y a la espera de una rápida intervención del cuerpo, ante la emergencia económica que está afectando a la facultad, los/as saludo muy atentamente.
Mg. Claudia LAUDANO
DNI 16.343.652
DNI 16.343.652
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